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IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 20:24
por 12TL
Hola.
No he encontrado nada al respecto en el foro y he pensado abrir un tema.
Desde el 14 de enero del presente año rige el Real Decreto 866/2010 sobre la "Reforma del Vehículo" (antes "Reformas de Importancia").
¿Y ésto en qué nos afecta?
Pues que existen una serie de elementos que antes no eran susceptibles de homologación y que con la nueva ley sí lo son.
Un volante deportivo, unos antiniebla o un simple alerón deberán ser homologados. Evidentemente, tampoco se escapan de la homologación aquellos elementos que antes así lo requerían, pero el principal cambio es la incorporación de esos nuevos elementos, así como la mayor complejidad de los trámites y de los requisitos (proyectos, certificados de conformidad del fabricante...).
¿Ahora mismo qué es lo importante?
Pues que durante los 6 meses siguientes al 14 de enero de 2011 rige la Disposición Transitoria V, que dice lo siguiente:
Los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada como tal en este real decreto y que con anterioridad no fuera considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo cual dispondrán del plazo de seis meses. Transcurrido este periodo, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el presente real decreto.
Vamos, que antes de que venza el plazo conviene ir a la ITV a incorporar a la ficha técnica de nuestros coches aquellos elementos que antes no debíamos homologar pero con la nueva ley sí. Ojo, con lo de "aquellos elementos que antes no debíamos homologar" no me refiero a "aquellos elementos que había que homologar pero que en la ITV colaban".
¿Cuál es el proceso?
En éste sentido hay algo de confusión, porque en función de la Comunidad Autónoma dónde se ubique la ITV (incluso entre distintas estaciones dentro de la misma provincia) hay disparidad de criterio, pero en líneas generales, es así:
- Acudir a la ITV con el coche (en principio ésto no implica que se le deba pasar una ITV completa al coche).
- Aportar la siguiente documentación relativa a los elementos que se quieren apuntar en la ficha técnica: factura de compra y certificado de montaje de taller fechados antes del 14 de enero de 2011 (según la estación la factura se puede sustituir por una "declaración de responsabilidad" firmada por el interesado).
- Pago de la tasa correspondiente (varía en función de la comunidad, pero parece que será una tasa única independientemente del número de elementos que se apunten).
No se debe subestimar ningún elemento que tengamos colocado en el coche. La nueva norma considera "reforma" todo aquello que el coche no llevase salido de fábrica, por lo que son susceptibles de homologación muchos elementos "inofensivos" ***.
No soy ni experto ni profesional de la materia. Simplemente abro este tema para que el mayor número de personas sea consciente de la nueva situación que se plantea. La mejor forma de actuar es acudir a la ITV que tengamos a mano y hablar con el ingeniero para que nos informe.
Espero que sirva de ayuda y que este tema se pueda ir completando con la experiencia de cada uno de nosotros.
Salu2
EJEMPLO APLICABLES A UN R12: volante deportivo, "mataburros", relojes adicionales, faldillas guardabarros, antinieblas (los largo alcance me parece que antes también había que homologarlos), derivabrisas, alerón (raro, pero alguno habrá), cinturones de seguridad en plazas traseras, etc...
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 20:47
por Ráfagas
¡¡Ostras!!
Había escuchado algo, pero no sabía que se fuesen a poner tan quisquillosos :S
¿Osea que, aunque llevemos piezas originales de un modelo con distinto acabado, nos van a dar por saco?
Yo llevo el volante del 21 Turbo, le quiero poner los alargadores de bajos (taloneras o como prefiráis llamarlas), llevo la banqueta de los asientos traseros de cuero y el respaldo de tela (porque me falta adaptarlo :S), el frontal (menos el parachoques) del 21 Turbo.... joer, que veo que me la van a liar, y son piezas originales y que encajan sin complicaciones :'(
¿Factura y certificado de montaje en un taller? Para un volante como los nuestros, que ni siquiera llevan airbag.... Miedo me da, porque tengo que pasar la ITV en breve :S
Un saludo.
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 20:58
por 12TL
Así es. Aunque todos los elementos colocados en tu coche sean Renault o hallan sido comprados, por ejemplo, en la Boutique Renault, si no se corresponden con el modelo original, hay que homologarlos.
Eso sí, también hay que pensar que a ver cómo van a saber si un R21 salía de fábrica con tal o cuál elemento, pero yo no los subestimaría...
De ahí que, como en tu caso, debas ir a la ITV antes de junio a apuntar en ficha aquellos elementos que antes no había que homologar y ahora sí, porque si no a partir de junio te metes en un berenjenal por el cuál no te va a merecer la pena ponerle nada al coche debido a los trámites farragosos y el gasto de dinero.
Salu2
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 21:51
por Angulo
Pues hay ciertas cosas, que si son como las planteas, las veo muy, pero que muy complicadas. Por ejemplo, a ver como demuestro yo ahora, después de 35 años y varios dueños que tiene el coche, que los mataburros que trae son los de fábrica. A no ser, como muchas cosas en este pais, que tenga un colega con un taller que me firme la "declaración de responsabilidad", que con ese nombre, ni aunque sea un buen colega.
Como siempre en este tipo de cosas, por culpa de unos cuantos pagamos el pato el resto. En fin, ya me las tendré que ver en octubre con los de la ITV.
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 22:11
por pablo-55
Es interesante el tema y parece que no va a tener desperdicio.Yo me enteré de ello la semana pasada.Me pasaré mañana o pasado por la itv,a ver
qué llevo en el coche que me pueda dar por saco cuando llegue el momento.Por lo pronto,según me dijeron,el volante creo que lo voy a tener que
homologar.De los relojes,ya diré algo,porque tengo pensado poner uno por lo menos,así que a ver que me dicen.Lo que si es cierto,es que esta nueva
ley,es muy"pejigueras"y no permite muchas que ante si que se podian hacer,como por ejemplo montar dos carburadores.Eso,me parece que me voy a
quedar con las ganas.
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 22:31
por r12tc
En teoría, en las ITV tienen la ficha reducida de los modelos de todos los vehículos, con mirar modelo y número de bastidor, saben lo que lleva o no de serie... por lo que si los mataburros de un modelo en concreto son de serie, lo pueden saber fácilmente.
La teoría es esa, pero no se yo si tendrán fichas de coches de más de 30 años... y tampoco creo que se metan mucho con ellos... irán a por los modernos o de 15 años para acá...
Adjunto una lista con las modificaciones que se interpretan ahora como "reformas de importancia" y que hay que homologar y legalizar.
BOE escribió:1. IDENTIFICACIÓN
Modificaciones que afecten a la identificación del vehículo
1.1 Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, cuando la parte sustituida
sea la que lleva grabado el número de identificación del vehículo.
1.2 Retroquelado por ausencia, deterioro, desaparición o modificación.
1.3 Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula.
2. UNIDAD MOTRIZ
Modificaciones sobre la configuración de la unidad motriz del vehículo
2.1 Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de admisión del
comburente.
2.2 Modificación de las características o sustitución de los elementos del sistema de alimentación de
combustible.
2.3 Modificación o sustitución de la unidad motriz por otra de distintas características.
2.4 Adición de una/s unidad/es motriz/ces.
2.5 Cambio de emplazamiento de la unidad motriz.
2.6 Modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total,
silenciadores, catalizador, tramo de salida.
2.7 Modificación de la ubicación, sustitución, adición o reducción del número de depósitos de
combustible.
2.8 Modificación o cambio de posición del sistema de accionamiento del mando para la aceleración.
2.9 Modificación de sistemas o de la programación de los mismos que puedan variar la potencia
máxima.
2.10 Modificación del sistema de accionamiento para el arranque de la unidad motriz.
3. TRANSMISIÓN
Modificaciones que afecten al sistema de transmisión
3.1 Modificación de las características o sustitución del elemento de conexión o desconexión de la
transmisión por otro diferente.
3.2 Modificación, adición o cambio de posición del sistema de accionamiento del embrague.
3.3 Modificación de la caja de cambios o sustitución por otra de distintas características.
3.4 Modificaciones de las características o sustituciones en los elementos de transmisión por otros
diferentes desde la salida de la caja de cambios hasta las ruedas.
3.5 Modificación del sistema de tracción a través de la variación del número de ejes motrices.
3.6 Modificación o sustitución del sistema de selección de velocidades por otro de distintas
características.
4. EJES Y RUEDAS
Modificaciones que afecten a la configuración de ejes y ruedas
4.1 Sustitución del eje por otro de distintas características o modificación de las características del
mismo.
4.2 Modificación de la distancia entre ejes.
4.3 Aumento o disminución del número de ejes.
4.4 Modificaciones o sustituciones en ruedas o instalación de separadores de ruedas que impliquen
modificación del ancho de vía.
4.5 Sustitución de neumáticos por otros no equivalentes.
4.6 Incorporación de separadores de ruedas.
4.7 Modificación del número de ruedas
4.8 Modificación del número de ruedas
4.9 Cambio en dimensiones o índice de carga y/o índice de velocidad en neumáticos.
4.10 Modificaciones o sustituciones en llantas, ruedas ó instalación de separadores de ruedas.
5. SUSPENSIÓN
Modificaciones que afecten al sistema de suspensión del vehículo
5.1 Modificación de las características del sistema de suspensión o de algunos de sus componentes
elásticos.
6. DIRECCIÓN
Modificaciones que afecten al sistema de dirección del vehículo
6.1 Modificación del sistema de dirección.
6.2 Cambio de emplazamiento o adición de volante.
6.3 Sustitución del volante por otro.
6.4 Ayudas instaladas en el volante.
6.5 Modificación del tipo y modo de mando ó incorporación de sistemas avanzados.
6.6 Sustitución del manillar por otro.
7. FRENOS
Modificaciones que afecten al sistema de frenado del vehículo
7.1 Modificación de las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes.
7.2 Incorporación de sistemas auxiliares de absorción de energía cinética.
7.3 Modificación, adición o cambio de posición de los mandos de accionamiento del freno.
8. CARROCERÍA
Reformas que afecten al acondicionamiento interior de los vehículos
ACONDICIONAMIENTO INTERIOR
Número de plazas o tipo de las mismas.
8.1 Reducción de plazas de asiento.
8.2 Aumento de plazas de asiento.
8.3 Sustitución de plazas de asiento por plazas de pie o modificación del número de plazas de pie.
8.4 Acondicionamiento de espacio para la instalación de sillas de ruedas.
Asientos, cinturones y sus anclajes.
8.10 Sustitución de asiento por otro distinto.
8.11 Cambio de algún cinturón de seguridad por otro de diferente tipo, número o situación de los puntos
de anclaje.
8.12 Instalación de cinturones de seguridad.
Acondicionamiento del espacio destinado a pasajeros y equipaje en vehículos M1
8.20 Instalación de elementos permanentes en la zona frontal del interior del habitáculo del vehículo.
8.21 Instalación de mamparas de separación entre asientos.
8.22 Modificación o instalación de elementos en la zona de equipaje, o en el espacio destinado a los
pasajeros distinto a la zona frontal del habitáculo del vehículo.
Acondicionamiento de vehículos cuando la cabina está integrada en la carrocería.
8.30 Instalación de elementos fijos que no afecten a la estructura del espacio destinado a carga o
equipaje del vehículo
8.31 Instalación de elementos fijos que afectan a la estructura del espacio destinado a carga del
vehículo.
8.32 Ambulancias, funerarios, blindados, viviendas.
8.33 Instalación arco de seguridad interior contra vuelco.
Elementos que facilitan el acceso o salida a personas y mercancías.
8.40 Rampas, elevadores, grúas, plataformas, asideros, peldaños o sistemas de otra naturaleza.
Reformas que afecten al acondicionamiento exterior de los vehículos
ACONDICIONAMIENTO EXTERIOR
Estructura del vehículo.
8.50 Transformaciones que modifiquen la longitud del voladizo delantero y/o trasero.
8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo.
8.52 Modificación o incorporación de elementos en el exterior del vehículo.
8.53 Instalación de máquinas auxiliares para el trabajo.
8.54 Instalación (o sustitución) de una estructura de protección antivuelco homologada y que no esté
incluida en la homologación de tipo del tractor.
8.55 Instalación de una estructura de protección frente a la caída de objetos (FOPS)
Instalación o modificación de elementos funcionales para un uso específico del vehículo.
8.60 Sustitución o modificación del carrozado de un vehículo.
8.61 Grúas.
8.62- Incorporación de plataformas elevadoras, así como trampillas o rampas.
Reformas que afectan exclusivamente a vehículos de categorías M2 y M3
ESPECIFICAS PARA CATEGORIAS M2 Y M3
8.80 Cambio de clase en M2 y M3.
8.81 Variación del volumen de bodegas o compartimento para equipajes.
ESPECIFICAS PARA VEHÍCULOS DE CATEGORIA L, QUAD Y UTV
8.90 Acoplamiento de un sidecar a una motocicleta
8.91 Modificación ó incorporación de mandos, testigos e indicadores.
8.92 Modificación ó incorporación de un asidero
8.93 Sustitución de un velocímetro.
8.94 Modificación, sustitución, o incorporación de Dispositivo Antirrobo
8.95 Modificación o adición de un caballete
8.96 Sustitución o incorporación de avisador acústico
9. ALUMBRADO
Dispositivos de alumbrado y señalización
9.1 Adición de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad técnica independiente de
alumbrado y señalización.
9.2 Modificación o sustitución de cualquier elemento, dispositivo, sistema, componente o unidad
técnica independiente de alumbrado y señalización, en cuanto a ubicación o características.
10. UNIONES ENTRE VEHÍCULOS TRACTORES Y SUS REMOLQUES O SEMIRREMOLQUES
Dispositivos de acoplamiento
10.1 Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento en vehículos de categorías M y N.
10.2 Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento en vehículos de categoría O.
10.3 Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento en vehículos de categoría L, Quad y
UTV.
10.4 Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento en vehículos agrícolas.
10.5 Instalación o modificación de dispositivos de acoplamiento en vehículos de obras y/o servicios.
11. MODIFICACIONES DE LOS DATOS QUE AFECTEN EN LA TARJETA ITV
Otros
11.1 Cambio de clasificación.
11.2 Variaciones de Masas Máximas Autorizadas.
11.3 Variación de cualquiera de las Masas Técnicas Máximas Admisibles del vehículo.
11.4 Variación de la velocidad máxima.
11.5 Vehículos para uso exclusivo de pruebas deportivas.
Saludos.
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 28 Feb 2011 22:58
por 12TL
La "declaración de responsabilidad", si te la aceptan, la tiene que firmar el dueño del coche, no el taller.
Y respecto al certificado de montaje, al igual que las facturas, pues no tiene mucho sentido que te las pidan en el caso de coches viejos, ya que a ver de donde sacas la factura y el certificado de algo que lleva montado 25 años en el coche...pero con la ITV hemos topado...
Espero que todo se quede en la declaración de responsabilidad.
Ahora hay un periodo de transición de 6 meses (que ya son 5) en el que se van a poder apuntar en ficha esos elementos "típicos" (volantes, antinieblas,...) de manera fácil y económica, por lo que yo no dejaría pasar la oportunidad, porque luego no va a merecer la pena homologar nada de eso por el gasto de tiempo y dinero que supone.
Pensad que a partir de junio, para ponerle un volante (p.ej. Ranz) al R12 será necesario un certificado de conformidad expedido por Renault (pagando, si te lo dan, claro) y el certificado de montaje de un taller...
Vamos, que mandas el volante a tomar por c...
Salu2
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 01 Mar 2011 02:16
por higorol
ostias,no me creo q las faldillas guardabaros puedan ser consideradas como una reforma.en el listado no las he visto
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 01 Mar 2011 10:38
por r12tc
higorol escribió:ostias,no me creo q las faldillas guardabaros puedan ser consideradas como una reforma.en el listado no las he visto
Serían rebuscados, pero supongo que la podrían encuadrar aqui... "8.52 Modificación o incorporación de elementos en el exterior del vehículo."
Ahora, no creo que se metan en eso, como digo, tendrían que ser muy rebuscados y cabr#$%%#@$.
Saludos.
Re: IMPORTANTE Decreto 866/2010 sobre "Reforma del Vehículo"
Publicado: 01 Mar 2011 13:03
por 12TL
Los ejemplos los he puesto en base a que algunos aparecen directamente en el manual de reformas, o porque en cierto modo podrían encuadrarse dentro de alguna categoría, pero no es "ley".
Aún así yo no me fío un pelo, y por si las moscas mejor dejar todo claro ahora que se puede.
Salu2